18-D: JORNADA MUNDIAL del MIGRANTE

Hoy rendimos tributo a los 200 millones de migrantes internacionales, 50 por ciento de los cuales son mujeres y hombres trabajadores migrantes, que han dejado sus hogares y comunidades en busca de trabajo y de mejores oportunidades en otras partes del mundo para garantizar el sustento de sus familias y comunidades. A pesar de que a menudo no se les de el reconocimiento que se merecen, estos hombres y mujeres contribuyen enormemente al crecimiento y desarrollo tanto de sus países de acogida como de sus comunidades de origen.
Los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ven reflejados claramente en los dos convenios de la OIT sobre los trabajadores migrantes: el Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (núm. 97), y el Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975 (núm. 143), así como en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias (1990), todos ellos hitos de la protección internacional de los trabajadores migrantes. La igualdad de trato y la no discriminación son principios universales consagrados en esos instrumentos que sirven de base para un enfoque basado en los derechos a la migración laboral en un mundo globalizado. Es alentador que 80 países hayan ratificado uno o más de estos instrumentos.

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