Hemos hecho lo correcto

Escuchamos con cierta frecuencia últimamente que no hay razones para trabajar en pastoral de la diversidad porque las personas LGBTIQ+ están perfectamente integradas en la sociedad y en la Iglesia. Hemos escuchado también frases como “en nuestra comunidad también tenemos homosexuales y algunos tienen pareja” como  indicador de que hay una integración plena.

Sin embargo las personas LGTBIQ+ creyentes normalmente tenemos que medir muy bien las comunidades cristianas en las que nos insertamos, porque si bien es cierto lo que hemos dicho al principio, también somos conscientes de que esto no siempre es así. En ocasiones llegamos a una parroquia y escuchamos homilías en las que, aprovechando la menor oportunidad, se recuerda que no todo está permitido, que la doctrina es clara respecto a las uniones irregulares o en cuanto a que podamos determinar nuestro género al margen de “lo que Dios quiere”. 

Estos reproches no se dirigen sólo a las personas diversas, hay otros grupos de creyentes que también viven “al margen del plan de Dios” (divorciados vueltos a casar, parejas unidas sin el sacramento del matrimonio, etc.) y escuchan estas mismas reflexiones cuando acuden a celebrar la eucaristía. Por otra parte, hay hermanos y hermanas nuestras que participan de una comunidad que conoce su realidad, donde son acogidas y amadas y en la que pueden celebrar plenamente su fe; incluso, en la que ejercen ministerios pastorales, siempre y cuando eviten manifestar públicamente su condición especialmente si viven en pareja. Se aplica la ley del “Don´t ask, don´t tell”. [1] Como podéis comprender, normalmente por salud espiritual evitamos estas parroquias.

Pero ¿qué pasa cuando no hay posibilidad de elegir? ¿qué sucede con las personas que viven en pueblos, en lugares en los que sólo hay una parroquia y en ella no pueden celebrar plenamente su fe? Quizá no podamos o no queramos creerlo, pero aún hoy hay personas a las que se les ha negado la comunión por este motivo o han sido expulsados de sus ministerios pastorales.

Tal vez sintamos extrañeza al escuchar esto. Tal vez nunca hayamos sido testigos de que se le haya negado la comunión a una persona a la que conocemos. Pero, ¿no hemos escuchado nunca una homilía en la que se lanzaban afirmaciones que podían ser consideradas como ofensivas para hermanos y hermanas nuestras? ¿Nunca hemos terminado agachando la cabeza ante las palabras de un sacerdote que se dirige directamente a quienes viven “al margen del plan de Dios”?

Podríamos preguntarnos cuál es nuestra respuesta ante estos comportamientos. Es cierto que quien habla es una persona que ha recibido la autoridad pastoral para dirigirse a la comunidad; es cierto que no hace otra cosa que aplicar la doctrina[2]; es cierto que las personas laicas debemos acoger aquello que recibimos de los pastores [3] . Pero, ¿eso significa que debemos mantenernos en silencio? ¿No podemos también aplicar lo que se dice en el mismo número 37 de la LG de que “Conforme a la ciencia, la competencia y el prestigio que poseen, tienen la facultad, más aún, a veces el deber, de exponer su parecer acerca de los asuntos concernientes al bien de la Iglesia”?

En este sentido, nos parece relevante la actitud de un compañero que trabaja en pastoral de la diversidad quien, ante una noticia en la que se informaba sobre una de estas situaciones de exclusión, respondía públicamente con una reflexión que hacemos nuestra adaptándola porque también nos la podemos aplicar en todos esos momentos en los que cada uno o una de nosotras ha sido testigo de homilías o declaraciones que hemos sentido como dañinas, o que, en todo caso, no hemos considerado que reflejaban la buena noticia de Jesús. O cuando nosotras mismas hemos hecho afirmaciones sobre “lo que Dios manda” siguiendo la norma, la doctrina, lo que “es correcto”. Porque nuestra misión como creyentes no es “hacer lo correcto” sino anunciar el evangelio de Jesús, amigo de pecadores y prostitutas.

Recordemos que el sacerdote de la historia del buen samaritano pasa de largo porque es lo que dice la ley. No debe tocar a la persona malherida porque quedaría impuro. Código en mano, declaramos impuras a ciertas personas. Y hacemos lo correcto.

Vayamos a la última cena. Jesús partió, bendijo y repartió el pan a los discípulos… menos a Judas, que ya lo había traicionado, y a Pedro, que sabía que lo iba a negar en un arrebato de cobardía. Es eso lo que dicen algunas de nuestras biblias, parece. Aunque hay otras en las que se dice que Jesús reparte el pan a todas las personas que participan en esa última cena. Comparte el pan incluso con Pedro, ¡tan pecador como símbolo de la comunión eclesial!

En algunas de nuestras biblias también debe de decir que un día los discípulos tenían hambre y le preguntaron a Jesús qué hacer. Jesús, como buen conocedor de la Ley, les dijo: pues toca aguantar porque es sábado y está prohibido salir a buscarse el pan. En otras, en cambio, dice que los discípulos se pusieron a arrancar espigas con la autorización de Jesús.

Me pregunto a cuántos feligreses se les ha negado la comunión. ¿A algún universitario que ha desfasado en una fiesta?, ¿Quizá a alguien que ha confesado haberse masturbado? ¿Al empresario que, tras un eficiente trabajo de ingeniería fiscal se ha ahorrado una pasta y ha rematado poniendo la X en la casilla de la Iglesia en la declaración de la renta? ¿A alguien de quien se sabe que maltrata  a sus familiares o amistades? ¿A cuántas parejas heterosexuales que conviven extramatrimonialmente?

Siento curiosidad por saber a cuántas personas se les ha aplicado ese código penal, perdón, canónico. A cuántos les aplicamos la ley, no la del sacerdote y el levita del buen samaritano, sino la del propio samaritano, que es la de Jesús. 

Hay que recordar que lo de ser merecedor o no de la comunión viene especialmente de ideas medievales extracristianas propias de cultos paganos germánicos, que no tienen sentido dentro de la fe en Cristo Jesús. De hecho, van en contra del mensaje del evangelio en este particular. [4]


  1.  Ley DADT (No preguntes, no digas) que exigía a los militares norteamericanos LGBTIQ+  ocultar su orientación e identidad sexual y de género, que estuvo vigente desde 1980 a 2011.
  2. Código de Derecho Canónico, (can.915), Familiaris Consortio n.84, Catecismo de la Iglesia Católica n. 1650, la Carta Annus internationalis Familiae de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
  3.  LG III, n.37 “Los laicos, como los demás fieles, siguiendo el ejemplo de Cristo, que con su obediencia hasta la muerte abrió a todos los hombres el dichoso camino de la libertad de los hijos de Dios, acepten con prontitud de obediencia cristiana aquello que los Pastores sagrados, en cuanto representantes de Cristo, establecen en la Iglesia en su calidad de maestros y gobernantes.”
  4. Adaptación del texto de Agustina Espinal publicado en Religión Digital.

Línea de misión Diversidad sexual y de género CVX-E

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